Showing posts with label Constitución Nacional. Show all posts
Showing posts with label Constitución Nacional. Show all posts

Sunday, October 09, 2011

¿Reformar la Constitución?

Considero que cualquier constitución o cualquier sistema político son buenos en tanto y en cuanto sus respectivas sociedades respeten (sencillamente “respeten” sin necesidad de mayor énfasis) las normas, las reglas de juego establecidas. Hay variados ejemplos desde monárquicos a republicanos entre países que solemos reconocer como del “primer mundo”.

Lo que ocurre entre nosotros es, lamentablemente, lo contrario, y significa la causa principal del bastardeo a la democracia que sufrimos permanentemente, no sólo en perjuicio de una estabilidad política -de gobierno- sino también en detrimento de nuestra salud social.

La Carta Magna no se respeta, siempre está sujeta a modificación, todo lo que hace falta es sacar cuentas: si en el Congreso (sea provincial o nacional) se tienen los votos suficientes para reformarla, caso contrario conseguirlos, no importa si con descarado mercantilismo.

Y el objetivo mayor es siempre la reelección, por un tercer periodo o mejor, ¡indefinida! (insisto en que la reelección beneficia directamente no sólo a una persona y su familia, sino a miles dentro de la pirámide del ejercicio del poder).

Nuestra Constitución es la de 1994. No será la ideal pero sería suficientemente buena si fuera respetada. La Nación, el País no mejorarán por el sólo hecho de modificarla hoy, mañana y cuando al gobierno de turno se le antoje. En definitiva, todos nos damos cuenta que sólo se trata de voluntarismos oportunistas.

El Artículo 30 de la Constitución de la Nación Argentina sancionada en 1994 dice: La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto”.

Lo sustancial aquí es la puerta entornada para la trampa, las dos terceras partes terminan siendo apenas un obstáculo menor para la picardía política vernácula, y si se “consiguieron” votos suficientes en el Congreso, nada impedirá que igualmente se consigan en la Convención.

La modificación que cabría, en afán de evitar un vicio que venimos viviendo por décadas, sería “…La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto unánime de todos sus miembros...”

El razonamiento es muy sencillo y sano: si una reforma constitucional le hace tanta falta a la Nación, debería ser porque todos, sin distinción, así lo consideran; porque todos los partidos políticos se han puesto de acuerdo y coinciden en un beneficio cierto para la salud política y social de la República.

¿Sería muy difícil? Sí, de eso se trata. Sólo así tendría y tiene sentido una reforma, dentro de una sociedad tan sufriente de trampas políticas.

Jorge B. Hoyos Ty.
ainda@netverk.com.ar

Sunday, June 17, 2007

La Constitución Nacional

Si nos preocupa el mal desempeño de nuestros políticos, que no respetan el marco normativo de la Constitución Nacional, incluidos sus afanes oportunistas de reforma en beneficio personal, familiar o partidario para perpetuarse en el poder; si pensamos que la Constitución podría redactarse con algunas mejoras que impidan su mal uso, que dan lugar a formas despóticas y absolutistas de gobierno ejercidas, con descaro, simulando ser democráticas y republicanas; bueno será comenzar por repasar la Constitución Nacional vigente desde 1994.

Por ello y para facilitar su comprensión y alcance, veamos, a continuación, un índice (que suele obviarse en las publicaciones). El texto completo se puede comprar en cualquier librería, y sorpréndase viendo que las normas que rigen nuestra existencia ciudadana, 129 artículos y 19 disposiciones transitorias, apenas se leen en una treintena de páginas (a continuación, las “Declaraciones, convenciones y pactos complementarios de derechos y garantías”, pueden requerir un centenar de páginas más). Los índices son siempre importantes, para tener un panorama general y para ir rápidamente a un tema que se quiera consultar (coloque usted el número de página que corresponda, en su caso).

La Constitución Nacional debería ser nuestro catecismo cívico, es decir, conocerla desde chicos, aprenderla desde el jardín de infantes; así, estaría arraigada en nuestra conciencia ciudadana; naturalmente y sin esfuerzo la respetaríamos; así la defenderíamos siempre y habría en nosotros un rechazo inmediato a cualquier interpretación oportunista o caprichosa. Esto no es ninguna originalidad, lo hacen los países del primer mundo, cuya envidiable fortaleza se apoya en la cohesión interna que sólo puede dar el que todos los ciudadanos conozcan y respeten sus reglas de juego, sus derechos y obligaciones.

Constitución de la Nación Argentina

Indice:

Preámbulo

Primera Parte

Capítulo primero – Declaraciones derechos y garantías
Capítulo segundo – Nuevos derechos y garantías

Título Primero: Gobierno Federal

Segunda Parte: Autoridades de la Nación

Sección Primera – Del Poder Legislativo

Capítulo primero – De la Cámara de Diputados
Capítulo segundo – Del Senado
Capítulo tercero – Disposiciones comunes a ambas Cámaras
Capítulo cuarto – Atribuciones del Congreso
Capítulo quinto – De la función y sanción de las leyes
Capítulo sexto – De la Auditoría General de Nación
Capítulo séptimo – Del Defensor del Pueblo

Sección Segunda: Del Poder Ejecutivo

Capítulo primero – De su naturaleza y duración
Capítulo segundo – Forma, tiempo, elección del presidente y vicepresidente
Capítulo tercero – Atribuciones del Poder Ejecutivo
Capítulo cuarto – Jefe de Gabinete y demás ministros del Poder Ejecutivo

Sección Tercera – Del Poder Judicial

Capítulo primero – De su naturaleza y duración
Capítulo segundo – Atribuciones del Poder Judicial

Sección Cuarta – Del Ministerio Público

Título Segundo – Gobiernos de Provincia

Disposiciones Transitorias

Declaraciones, convenciones y pactos complementarios de derechos y garantías

Declaración Universal de derechos humanos
Declaración Americana de los derechos y deberes del hombre
Convención Americana sobre derechos humanos (Pacto de San José de Costa Rica)
Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales y Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y protocolo facultativo
Pacto Internacional de derechos civiles y políticos
Protocolo facultativo del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos
Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio
Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
Convención contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes
Convención sobre los derechos del niño.

Jorge B. Hoyos Ty.
Mayo de 2007